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REGULARIZACION DE LAS EMPRESAS EN PROTECCIÓN CIVIL

Tuesday, October 7th, 2008

Derivado del terremoto del 85, se implementó en México el Sistema Nacional de Protección Civil, que incluye entre sus funciones fiscalizar y verificar el cumplimiento de una gran cantidad de normas y reglamentos a empresas, personas e inmuebles que sean calificadas como de medio a alto riesgo.

Un ejemplo de desastres ocurridos por no haber contado con un Programa Interno de Protección Civil y en el que el dueño tuvo implicaciones incluso penales es la multicitada discoteca de Lovohombo, en la que por no contar con salidas adecuadas de emergencia, señalamientos ni capacitaciones a los empleados, murieron muchas personas y se fincaron diversas responsabilidades.

Es importante que las empresas cuenten con su programa interno de protección civil, mismo que contiene: a) El Análisis de riesgo de vulnerabilidad del inmueble,      b) las capacitaciones en materias de evacuación de locales, combate contra incendios y primeros auxilios, c) la totalidad de la documentación legal como uso de suelo, aviso o licencia de funcionamiento.

Es necesario que la empresa se ponga en contacto con un asesor certificado por la Dirección Nacional de Protección Civil o con la Unidad Estatal de Protección Civil a fin de no ser sorprendida por las autoridades de la demarcación de su domicilio, ya que cuando dicha autoridad realiza las visitas de verificación puede ser demasiado tarde ya que se otorga un plazo de diez días hábiles para que se cumpla con la documentación legal y mejoras de instalaciones de acuerdo a las Normas Oficiales Mexicanas y el Sistema Nacional de Protección Civil. Lo que sucede en la práctica es que nunca se obtiene la documentación en tan corto plazo.

Por otro lado, la conveniencia de tener el visto bueno del Programa Interno de Protección Civil es el hecho de que el asesor certificado, que es un tercero acreditado, asume la responsabilidad del evento, es decir, a los dueños o gerentes o Consejos de Administración no se le fincan responsabilidades civiles, ni penales en virtud de que ya contaban con su Programa de Protección Civil y el evento fue por caso fortuito y no por una negligencia en el cumplimiento de normas de seguridad.  

Dentro de las facultades de las Unidades de Protección Civil se encuentra la clausura temporal, la clausura definitiva, la imposición de multas que van desde los cincuenta mil pesos hasta los quinientos mil pesos, e incluso la demolición del local.

Hay que elaborar e ingresar el programa interno de protección civil, así como las capacitaciones mencionadas antes de que la Autoridad nos sorprenda. En los últimos dos años ha habido una gran movilización por parte de las delegaciones en el Distrito Federal y los Municipios en el Estado de México por parte de las autoridades de Protección Civil y se han clausurado un número alto de establecimientos mercantiles, incluso empresas transnacionales.

Para finalizar, quisiera comentar que aún y cuando la autoridad no estuviera en las condiciones y no requiriera el Programa y las capacitaciones en las áreas descritas, este es un buen método de prevención de riesgos, de una cultura del simulacro y saber qué hacer en situaciones extremas, además de que con esto tenemos certeza de que contamos con la totalidad de documentos legales indispensables para el funcionamiento de la empresa.

 

 

Por Federico Campos Chacón